viernes, 18 de septiembre de 2009

Concepto de "públicos" y "opinión pública"

El autor propone una serie de conceptos que han establecido diversos escritores; entre ellos, identifica que:

1.) Los profesionales de las Relaciones Públicas, por mucho tiempo, han sido vistos como "un simple técnico en comunicación", al designar ese proceso de comunicación, de la organización con sus públicos, como comunicación empresarial, comunicación corporativa, etc.

2.) Se entiende como "público", en Relaciones Públicas, a "toda pluralidad de individuos o de grupos que se consideran afectados, directa o indirectamente, por la actividad real o presunta de una persona natural o jurídica."

3.) "La opinión privada se convierte en opinión pública cuando se considera que afecta o puede llegar a afectar a todos los ciudadanos."

Desarrollo de Opinión Pública
Como primer concepto, el autor remite en palabras generales una definición:

"Opinión pública es el pronunciamiento expreso de una colectividad que se considera de interés general y que ha sido, generalmente, objeto de controversia."

Apreciamos que un asunto puede llegar a convertirse en opinión pública cuando trata de asuntos que afecten a la mayoría de ciudadanos.

A su vez, Solano señala que hay cuatro características fundamentales para que el primer concepto tenga validez:

1.- Cuando decimos que es "el produnciamiento expreso de una colectividad", se rescatan dos factores:
- Conducta activa
- Sujeto colectivo (número limitado de personas)

2.- El pronunciamiento se verifica "mediante personas idóneas en cada caso". Exaltando dos senidos:
- Personas afectadas directamente por el hecho a tratar.
- Representantes de las mismas, portavoces.

3.- El pronunciamiento lo es "acerca de un aspecto de la realidad que se considera de interés general"
- El hecho puede afectar a una colectividad, sin embargo, su valorización recae en el tiempo que es tratado.

4.- Aquel "aspecto de la realidad", genera controversia y debate de acuerdo a la interpretación de los hechos.

PRINCIPIOS DE LA OPINIÓN PÚBLICA
En 1947, Hadley Cantril desarrolló las "leyes de la opinión pública", que suman un total de quince. A partir de ello, se formulan cuatro principios:

A)Principio de identificación.- El publico rechazará aquellas opiniones que no vayan de acuerdo a sus espectativas o intereses.

B)Principio de la acción.- El público apoyará aquellas propuestas que sean concretas y lleven a la acción.

C)Principio de la confianza.- La gente acepta las ideas de aquellos en quienes confía.

D)Principio de la claridad.- Los terminos aceptados son concretos, "sin confusionismos o posibilidad de interpretaciones diversas".


Mapa conceptual sobre la distinción entre públicos internos y externos que propone Ríos Szalay.